Glosario

ACREDITACIÓN. Acreditación en salud es un proceso voluntario y periódico de autoevaluación interna y revisión externa de los procesos y resultados que garantizan y mejoran la calidad de la atención del cliente en una organización de salud, a través de una serie de estándares óptimos y factibles de alcanzar, previamente conocidos por las entidades evaluadas. Es realizada por personal idóneo y entrenado para tal fin, y su resultado es avalado por la entidad de acreditación autorizada para dicha función

ATENCIÓN AMBULATORIA. Es la atención de salud impartida por personal calificado a una Persona no hospitalizada, que no pernocta en el centro de atención.

ATENCIÓN DE URGENCIAS. Se define como “urgencia” toda atención inmediata, no programada, brindada a un paciente no hospitalizado ni con cita previa (ambulatorio), en cualquier instante de las veinticuatro horas del día de cualquier día, por justificarlo así su aparente grave estado de salud, ya que de acuerdo con el sentir del paciente o de sus acompañantes o del médico que lo refiere, está en serio peligro su vida o integridad física.

ATENCIÓN ESPECIALIZADA. El servicio que provee la Atención Especializada consiste en la realización de actividades asistenciales diagnósticas, terapéuticas y de rehabilitación, así como aquellas de promoción de la salud, educación sanitaria y prevención de la enfermedad, que superen las posibilidades de asistencia de la atención primaria.

AUDITORÍA EN SALUD. La Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud, es uno de los cuatro componentes del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad, y se define como el mecanismo sistemático y continuo de evaluación y mejoramiento de la calidad observada con respecto de la calidad esperada de la atención de salud que reciben los usuarios. El Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud – PAMEC – es la forma a través de la cual la institución implementa este componente.

AUTORIZACIÓN. Es un soporte físico que emite la EPS para la atención de los servicios de salud Especializados para los Afiliados.

AYUDA DIAGNÓSTICA. Serie de exámenes y procedimientos que permiten al médico generar un diagnóstico más acertado sobre la salud del paciente, determinar con precisión las causas de alguna enfermedad y tener los argumentos suficientes para tomar decisiones correctas y eficaces que permitan su correcta y pronta recuperación.

Es la provisión de Servicios de Salud a los Usuarios individuales y colectivos de manera accesible y equitativa, a través de un Nivel Profesional óptimo, teniendo en cuenta el balance entre beneficios, riesgos y costos, con el propósito de lograr la adhesión y satisfacción de dichos Usuarios.

CALL CENTER. Centro de atención de llamadas entrantes o salientes, es una herramienta de comunicación y relación con los Clientes que utiliza el TELÉFONO como medio de comunicación básico gestionado por personas en conjunto a los recursos humanos, físicos y tecnológicos necesarios y disponibles, basados en metodologías de trabajo y procesos determinados y adecuados, para atender las necesidades y dar servicio a cada Cliente.

CIRUGÍA. Se refiere a la Práctica médica que consiste en la manipulación mecánica de estructuras anatómicas mediante instrumental quirúrgico, con la finalidad de realizar un tratamiento o un diagnóstico. La cirugía también se refiere a una especialidad de la medicina.

CONSULTA EXTERNA. Es la atención regular de salud impartida por personal calificado a una persona no hospitalizada ni en el Servicio de Urgencias. El cliente tiene que pedir cita con el médico general y esperar a que este lo refiera al especialista. Es el servicio más voluminoso de la atención de salud. Implica apertura y uso de expediente individual de salud.

CONTRA REFERENCIA. La Contra Referencia es la respuesta que el prestador de servicios de salud receptor de la referencia, da al prestador que remitió. La respuesta puede ser la contra remisión del paciente con las debidas indicaciones a seguir o simplemente la información sobre la atención prestada al paciente en la institución receptora, o el resultado de las solicitudes de ayuda diagnóstica.

COPAGO. Los copagos son los aportes en dinero que corresponden a una parte del valor del servicio demandado y tienen como finalidad ayudar a financiar el sistema. Se cobra sólo a los afiliados beneficiarios (familiares del cotizante). NO se paga en: Actividades de promoción y Prevención, Atención Inicial de Urgencias y Enfermedades catastróficas

CUOTA MODERADORA. Las cuotas moderadoras tienen por objeto regular la utilización del servicio de salud y estimular su buen uso, promoviendo en los afiliados la inscripción en los programas de atención integral desarrollados por las EPS.

CUPS. (Clasificación Única De Procedimientos en Salud). Corresponde a un ordenamiento lógico y detallado de los procedimientos e intervenciones que se realizan en Colombia, identificados por un código y descritos por una nomenclatura validada por los expertos del país, independientemente de la profesión o disciplina del sector salud que los realice así como del ámbito de realización de los mismos.

Sirve para estandarizar los datos que consolidan el Sistema Integral de Información del SGSSS Y Proveer un lenguaje homogéneo entre los diferentes integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, Definición de Planes de Beneficios y sus alcances; Monitoreo del desempeño del sector bajo parámetros de comparabilidad.

EPICRISIS. Es el resumen de la historia clínica del paciente que ha recibido servicios de urgencia con observación o de hospitalización.

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO (ESE): Es una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, cuyo objeto es la prestación de servicios de salud. EPS.

ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD SUBSIDIADO (EPS-S): Entidades que manejan (previo contrato con municipios y departamentos) los recursos que el Estado destina para atender a los beneficiarios del régimen subsidiado, es decir, las personas que no tienen dinero para cotizar al sistema de salud. Deben organizar y garantizar la prestación de los servicios de salud autorizados en el Plan Obligatorio de Salud (POS) para el régimen subsidiado. Pueden ser las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Cajas de Compensación Familiar (CCF) y las Empresas Solidarias de Salud (ESS).

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO (ESE): Es una categoría especial de entidad pública Descentralizada, con Personería Jurídica, patrimonio propio y Autonomía Administrativa, cuyo Objeto es la Prestación de Servicios de Salud.

FOSYGA. Es Una cuenta adscrita al Ministerio de Salud y Protección Social manejada por cargo fiduciario, sin personería jurídica ni planta de personal propia, cuyos recursos se destina a la inversión en Salud.

HISTORIA CLÍNICA: Documento privado, obligatorio y sometido a reserva, en el cual se registra cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención. Dicho Documento únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente en los casos previstos por la ley.

HOSPITAL: La O.M.S. los define de la siguiente manera: “Es un elemento de una organización de carácter médico y social, cuya función consiste en asegurar a la población una asistencia médica completa, curativa y preventiva y cuyos servicios irradian hasta la célula familiar considerada en su propio contexto: es también un centro de enseñanza médica y de investigaciones Biosociales.

HOSPITALIZACIÓN: Se refiere al ingreso de una persona a un hospital y período de tiempo que pasa en él.

IPS: Son las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y los grupos profesionales que cuenten con infraestructura física para brindar servicios de salud, los cuales requieren estar habilitados.

MEDICAMENTO: Es aquél preparado farmacéutico obtenido a partir de principios activos, con o sin sustancias auxiliares, presentado bajo forma farmacéutica que se utiliza para la prevención, alivio, diagnóstico, tratamiento, curación o rehabilitación de la enfermedad. Los envases, rótulos, etiquetas y empaques hacen parte integral del medicamento, por cuanto éstos garantizan su calidad, estabilidad y uso adecuado

NIVEL DE ATENCIÓN: Es la organización de la atención en diferentes niveles de complejidad y tiene por objetivo conjugar en forma eficiente la necesidad de cumplir con un máximo de cobertura los servicios que se presten, con la mayor calidad posible y con una misma cantidad de recursos.

ORDEN MÉDICA: Es un documento escrito donde el médico prescribe servicios y/o tratamientos para el paciente.

PACIENTE: Es el sujeto que recibe los servicios de un médico u otro profesional de la salud y se somete a un examen, a un tratamiento o a una intervención.

PLAN OBLIGATORIO DE SALUD (POS): Es el conjunto de tecnologías en salud a que tiene derecho, en caso de necesitarlo, todo afiliado al Sistema General de Seguridad Social en Salud y cuya prestación debe ser garantizada por las entidades promotoras de salud.

PROCEDIMIENTO: Secuencia lógica de un conjunto de actividades realizadas dentro de un proceso de promoción y fomento de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación.

PROCEDIMIENTO NO QUIRÚRGICO: Operación manual y/o instrumental con fines diagnósticos ó terapéuticos, que no implica la manipulación física e invasiva del cuerpo humano.

PROCEDIMIENTO QUIRÚRGICO: Operación manual y/o instrumental con fines diagnósticos ó terapéuticos, que implica la manipulación física e invasiva del cuerpo humano.

REFERENCIA: La referencia es el envío de pacientes o elementos de ayuda diagnóstica por parte de un prestador de servicios de salud, a otro prestador para atención o complementación diagnóstica que, de acuerdo con el nivel de resolución, de respuesta a las necesidades de salud.

RÉGIMEN CONTRIBUTIVO: Es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través del pago de una cotización, individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o en concurrencia entre éste y su empleador.

RÉGIMEN SUBSIDIADO: Es un conjunto de normas y procedimientos que rigen la vinculación de la población pobre y vulnerable al Sistema General de Seguridad Social en Salud, con recursos de la Nación y Entidades Territoriales.

REMISIÓN: Procedimiento por el cual se transfiere la atención en salud de un usuario a otro profesional e Institución con la consiguiente transferencia de responsabilidad Médico-legal o Profesional sobre el cuidado del mismo, de acuerdo con el nivel de resolución para dar respuesta a las necesidades de salud.

SERVICIO: Se entiende por Servicio la dependencia destinada a funciones técnicas especializadas (Farmacia, Laboratorio, Obstetricia, Cirugía). Debe contar con la dotación de recursos suficiente para el cumplimiento de las funciones específicas y debe estar a cargo de un jefe especialista de servicio y del personal subalterno necesario.

UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS (UCI): Es una sección especializada de los hospitales que se preocupa de dar medicina intensiva a personas que necesitan cuidados de manera más urgente. Esta unidad cuenta con equipamiento y médicos especializados y, según los recursos y las necesidades de los hospitales, éstos también pueden contar con cuidados intensivos en áreas específicas de medicina.

NO POS. Son los Servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud.

PRE-QUIRÚRGICO: Permite nombrar a aquello que tiene lugar en las etapas previas a una operación quirúrgica. Lo habitual es que, antes de una intervención, el paciente deba cumplir con ciertos requisitos y respetar las indicaciones del médico para que la operación tenga mayor probabilidad de éxito.

POST-QUIRURGICO: Es el período que transcurre entre el final de una operación y la completa recuperación del paciente, o la recuperación parcial del mismo, con secuelas.

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